Los trabajadores independientes que perciban Rentas de Cuarta Categoría, que emitan recibos por honorarios electrónicos y perciban ingresos mensuales que no superen los S/ 3,755, no estarán obligados a pagar a cuenta del impuesto a la renta (IR); debido a que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000270-2023/SUNAT publicada el 31 de diciembre de 2023, se