Norma Técnica de Gestión de Calidad de Servicios

El 15 de abril de 2024, la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM ha publicado en la Plataforma digital única del Estado Peruano, la Norma Técnica de Gestión de Calidad de Servicios, documento amigable que permitirá al servidor civil conocer, de forma rápida y simple, los alcances, objetivos y marco legal de la Norma Técnica de Gestión de la Calidad de Servicios, aplicable para las entidades del sector público a nivel nacional.

1. Objetivo de la Norma Técnica

  • Orientar a las entidades de la administración pública en la evaluación y mejora de los bienes y servicios que entregan a las personas.

2. Finalidad de la Norma Técnica

  • Mejorar la calidad de los bienes y servicios que son brindados por las entidades de la administración pública.

3. Alcance de la Norma Técnica

  • Bienes y servicios (que prestan las entidades y administrativos) de( ):
  • Las entidades del Poder Ejecutivo: Los ministerios, organismos públicos y demás entidades con calidad de pliego presupuestal.
  • Las entidades del Poder Judicial y el Congreso de la República, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas.
  • Organismos constitucionalmente autónomos, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas.
  • Seguro Social de Salud – ESSALUD.
  • Las universidades públicas, en todos aquellos aspectos que no se opongan a lo establecido en la Ley Universitaria.
  • Los gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas.
  • Las mancomunidades regionales y municipales, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen las leyes que las regulan.
  • Los programas y proyectos especiales.
  • Las demás entidades que forman parte de la estructura del Estado y que ejercen potestades administrativas, por tanto, su accionar se encuentra sujeto a normas de derecho público.

Bienes y servicios (que prestan las entidades y administrativos) del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE” Se encuentran excluidas las empresas del FONAFE y de los gobiernos regionales y locales:

No forman parte del alcance; salvo cuando alguna de ellas participe en el desarrollo de un servicio integrado, priorizado por la Secretaría de Gestión Pública. Deben implementar mejoras en materia de calidad de servicios e informar anualmente sus avances a la Secretaría de Gestión Pública.

Los interesados, pueden obtener la Norma Técnica de Gestión de la Calidad de Servicios en el siguiente enlace: Manual NTCS 2024