El MINEM acorta el tiempo de evaluación para el cierre de minas

Mediante el Decreto Supremo N.º 014-2024-EM, se ha actualizado el reglamento para el cierre de minas, reduciendo el plazo de evaluación de los planes de 160 a 60 días. El decreto establece un único procedimiento para la presentación, modificación y actualización de los Planes de Cierre de Minas, con excepción de la publicación y difusión de anuncios. Además, modifica el artículo 71 relacionado con el Plan Ambiental Detallado.

Según la información proporcionada por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), se identificaron 651 componentes (321 principales y 330 auxiliares) en 67 unidades mineras que se implementaron sin los correspondientes instrumentos de gestión ambiental. Con la nueva normativa, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) del MINEM evaluará estos componentes no autorizados. Si se consideran ambiental y técnicamente viables, podrán obtener los permisos necesarios para evitar sanciones y paralizaciones por parte de la OEFA. En este contexto, el titular tiene 90 días hábiles para informar a las autoridades competentes sobre estos componentes.

Se establece un plazo de 180 días hábiles para que el titular minero presente la solicitud de aprobación del Plan Ambiental Detallado (PAD). Para estudios ambientales previos al Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las actividades de explotación (Decreto Supremo N.º 040-2014-EM) que no especifican las características de los componentes auxiliares, o que tienen resoluciones de medidas administrativas del OEFA, se puede incluir estos componentes en la modificación o actualización del estudio ambiental. Los componentes o modificaciones en proceso de evaluación del PAD ante la DGAAM no se ajustan a esta nueva normativa, así como aquellos que fueron desaprobados por la DGAAM y confirmados en segunda instancia.

Finalmente, se aclara que los procedimientos administrativos para la evaluación del Plan de Cierre de Minas, sus modificaciones y actualizaciones, así como el PAD, están sujetos a una evaluación previa con silencio negativo.